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rminos y condiciones

TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO DE ALQUILER DE VEHÍCULOS

CONDICIONES GENERALES DEL ALQUILER

El presente documento establece los términos y condiciones que regulan la relación contractual entre A. TURBO RENT A CAR S.L., (en adelante, “Turbo” o "arrendador") y el cliente pagador (en adelante, “arrendatario”). La firma del contrato de alquiler por parte del arrendatario implica la aceptación expresa de todas las cláusulas contenidas en el mismo.

1. OBJETO DEL CONTRATO

Es el alquiler sin conductor del vehículo descrito en las condiciones particulares del contrato para el transporte privado de pasajeros y su equipaje, cumpliendo todas las condiciones generales establecidas en este documento y descritas a continuación. Es responsabilidad del arrendatario llevar en lugar visible copia de este contrato en todo momento en el vehículo.

2. PROTECCIÓN DE DATOS

Los datos personales del arrendatario serán tratados por Turbo con la finalidad de gestionar el alquiler del vehículo y enviar información comercial sobre productos o servicios que puedan resultar de interés. La base legal para el tratamiento es la relación contractual y el interés legítimo de la empresa. Los datos no serán cedidos a terceros salvo obligación legal. El arrendatario tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como a ejercer otros derechos reconocidos en la normativa vigente.

3. PERIODO DE ALQUILER

El periodo mínimo de alquiler será de 24 horas y el máximo se determinará en el contrato. Los días de alquiler computarán por periodos de 24 horas. En caso de no cumplir el periodo de alquiler estipulado en el contrato, facultará al arrendador a cobrar el importe del alquiler desde la finalización del contrato hasta la devolución del vehículo, según tarifa vigente, el kilometraje, los daños y una penalización por los perjuicios económicos ocasionados, sumándose dicha cantidad cada día, desde la fecha que debería haberse efectuado el Check-In hasta la devolución o recuperación y preparación del vehículo. Si abandonase el vehículo, además de lo mencionado, se le cargarían un concepto de tasa de recuperación del vehículo más todos los gastos y costes derivados de su recuperación. Efectuar el Check-In con anterioridad a la finalización del periodo no se devolverá o restituirá al arrendatario importe alguno del precio suscrito en el contrato, puesto que se considera una resolución unilateral del contrato por parte del arrendatario. Si el arrendatario incumple cualquiera de los puntos establecidos en las condiciones generales o particulares fijadas en el contrato, el arrendador se reserva el derecho a retirar el vehículo al arrendatario en cualquier momento, pudiendo el arrendador solicitarle daños y perjuicios. El Check-Out y el Check-In se realizarán en las instalaciones de Turbo donde se firmó el contrato, en los plazos y términos estipulados en las condiciones particulares del contrato. Turbo ofrece que el Check-In y el Check-Out del vehículo por parte del arrendatario se pueda realizar en otras instalaciones de la empresa, diferentes a donde se firmó el contrato previo pacto, por un coste extra. En caso de que el arrendatario estacione o abandone el vehículo en un lugar distinto al expresamente pactado en el presente contrato, incluyendo, a modo enunciativo pero no limitativo, hoteles, villas particulares, aparcamientos aeroportuarios o cualquier otro emplazamiento no autorizado, el arrendador quedará facultado para imponer al arrendatario una penalización proporcional a los perjuicios económicos efectivamente sufridos, sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que pudieran corresponderle.

3.1. PRÓRROGA DEL CONTRATO

El arrendatario deberá avisar, personándose en una de nuestras Stores de Turbo, en cualquier momento antes de la finalización del periodo de alquiler establecido en el contrato. El periodo mínimo para extender un contrato será al menos de 24 horas, pudiéndose ampliar según las condiciones particulares del contrato y el vehículo contratado, siempre y cuando haya disponibilidad. En el caso de que el arrendatario quisiera conservar el vehículo por tiempo superior al pactado inicialmente, éste se compromete a obtener previamente autorización expresa del arrendador y a pagar de inmediato el importe del depósito adicional para dicha prolongación, siendo el precio aplicable al período de prolongación del alquiler el señalado según la tarifa vigente, establecida en el sitio web o instalaciones Turbo u otros medios que éste considere. En ningún caso el precio al inicio del contrato podrá servir para una prolongación del mismo. El arrendador se reserva el derecho de denegar la solicitud de prórrogas por motivos operacionales. El uso del vehículo una vez finalizado el periodo de arrendamiento o su prórroga se entenderá como uso no permitido a los efectos del punto 9 del presente contrato, procediéndose a presentar denuncia por apropiación indebida.
Finalizada la relación contractual entre el arrendatario y el arrendador, el arrendatario será responsable del 100% del pago de las reparaciones y gastos ocasionados al vehículo.

4. CONDUCTOR(ES)

EEl arrendatario y los conductores adicionales deben tener mínimo 18 años de edad. Deberán presentar obligatoriamente DNI europeo o pasaporte y permiso de conducir, ambos documentos en vigor durante todo el periodo de alquiler, en formato físico, legibles, en buen estado y aceptados por la legislación española; pero no se aceptará en formato fotográfico ni fotocopias del mismo. Son aceptados por la legislación y válidos para conducir en España los permisos de conducir en vigor de ciudadanos de la UE y del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega). Los permisos expedidos en terceros países serán aceptados si cumplen con los requisitos del art. 21 del Reglamento General de Conductores; siempre que el permiso esté en vigor y el titular tenga la edad requerida en España para la obtención de un permiso español equivalente. En el resto de los casos, será necesario presentar un permiso internacional junto al permiso de conducir en vigor expedido por el país de origen. Será responsabilidad del arrendatario realizar las comprobaciones necesarias para conocer si su permiso de conducir es válido para conducir en el territorio español. Se admitirán permisos de conducir en formato electrónico o digital sólo en la aplicación oficial de la DGT. Solo se autoriza a conducir el vehículo a la persona/s identificadas y aceptadas por Turbo en el contrato de arrendamiento y/o cualquier anexo al mismo. El incumplimiento de esta condición supondrá la toma de medidas legales por parte Turbo, pudiendo ser reclamados al arrendatario titular.
El conductor joven o novel permite a los conductores jóvenes con una edad comprendida entre 18 y 26 años y con un permiso de conducir válido puedan alquilar un vehículo en nuestra compañía y disfrutar de la misma libertad y comodidad que los conductores mayores de edad. Sólo se permite el alquiler de vehículos a conductores con más de 3 años de experiencia de conducción.

5. ACCESORIOS DEL VEHÍCULO

El Arrendatario recibirá el vehículo con la documentación necesaria, capotas, cargadores, cascos, candados, etc. Así como la llave del vehículo. Dichos accesorios los deberá comprobar el arrendatario en el momento de la entrega del vehículo al inicio del alquiler y en caso de cualquier incidencia deberá notificarlo en la Store antes de su salida. El arrendatario se compromete a devolver estos accesorios en las mismas condiciones en las que fueron entregados. En caso de no devolver o devolver dañados los accesorios a la finalización del contrato de alquiler será el arrendatario quien deberá abonar el valor de los accesorios que no sean devueltos o dañados.

5.1. SILLITAS DE BEBÉ

Si se van a transportar menores de edad con una altura igual o inferior a 135 cm, el arrendatario deberá proveerse de sistemas de retención infantil homologados. Será responsabilidad del arrendatario asegurar su correcta instalación en el vehículo alquilado y el uso adecuado de los mismos. El arrendador no asume ninguna responsabilidad por los daños personales y/o materiales, directos o indirectos, derivados de la instalación, falta de comprobación y/o uso incorrecto del sistema de retención por parte del arrendatario. La pérdida y/o rotura no está cubierta por ninguna de nuestras coberturas.

6. LIMPIEZA Y ESTADO DEL VEHÍCULO

El arrendatario recibe el vehículo en perfectas condiciones debiendo conservarlo en buen estado, no permitiéndose realizar ninguna modificación ni exterior ni interior. Si hubiese algún tipo de modificación, su restitución al estado original más los posibles daños y perjuicios serán cargados al arrendatario. El arrendatario se compromete a devolver el vehículo en un estado de limpieza razonable, tanto interior como exterior. En caso de que el vehículo sea devuelto en condiciones que requieran una limpieza o secado extraordinaria, se cobra un extra a razón de limpieza. Es obligatorio aparcar siempre los vehículos descapotables con la capota cerrada.

7. OBJETOS

El arrendatario se hace responsable de todos los objetos personales del vehículo. En caso de robo o hurto, accidente o incidente, Turbo no se hace responsable de los daños o perjuicios producidos a objetos transportados o sustraídos.
El arrendatario deberá retirar todos los objetos personales del vehículo. El arrendador no se hace responsable de ningún objeto encontrado en el vehículo. Sin perjuicio de ello, todo objeto hallado en el vehículo podrá ser remitido al arrendatario previa petición expresa y por escrito. En este supuesto el arrendador cobrará un cargo por la gestión de envío de los objetos además de los costes propios a su remisión, que serán asumidos íntegramente por el arrendatario.

8. SEGUROS Y COBERTURAS

En el momento efectivo de la reserva y dependiendo de la tarifa seleccionada por el arrendatario se le aplicará una de las siguientes opciones:

Cobertura Standard: se abona una franquicia al inicio del contrato. Cubre responsabilidad civil y criminal contra terceros, incluyendo a los ocupantes del vehículo. Tiene un límite de 150 km diarios. Asistencia en carretera limitada: asistencia solamente en caso de avería del vehículo. No se considerará avería si el problema ha sido causado por negligencia del arrendatario.

Cobertura Extended: se abona un depósito de garantía al inicio del contrato. Cubre los mismos riesgos que la Cobertura Standard y además, protección de daños en la carrocería (capó, puertas, techo, parachoques, guardabarros, maletero y paneles laterales) y asistencia en carretera completa: asistencia en caso de avería o accidente. No se considerará avería si el problema ha sido causado por negligencia del arrendatario.

Cobertura Premium: se abona un depósito de garantía reducido al inicio del contrato. Cubre los mismos riesgos que la Cobertura Extended y, además incluye protección de daños en cristales, cerraduras, faros y pinchazos en neumáticos, kilometraje ilimitado y asistencia en carretera completa: asistencia en caso de avería o accidente. No se considerará avería si el problema ha sido causado por negligencia del arrendatario.

Se hace constar que, como anexo al presente contrato, se incorporan imágenes y vídeos que documentan los daños preexistentes en el vehículo. No obstante, se recomienda al arrendatario revisar el estado del mismo antes del inicio del arrendamiento. En caso de que, en el momento del Check-Out, se detecten nuevos daños no consignados previamente, se presumirá que han sido ocasionados durante el período de arrendamiento. Si el importe de dichos daños excede la franquicia o el depósito constituido, y se determina que el arrendatario ha incurrido en un uso negligente, no autorizado o contrario a las normas de seguridad vial, este podrá ser considerado responsable del importe total de los daños ocasionados. Con las coberturas Standard y Extended se cobrará un cargo por kilometraje excedido. En todas las opciones de coberturas se cobrará un cargo por kilometraje excedido en caso de utilizarse el vehículo habiendo finalizado el contrato.
Ninguna de las coberturas detalladas incluye los siguientes servicios relacionados con daños en el vehículo, en relación con: elementos estructurales; bajos (parte inferior de la carrocería), llantas o tapacubos, equipamiento interior y exterior y en función de las coberturas contratadas por el arrendatario, se podrá aplicar un cargo de asistencia en carretera. En ninguna de las modalidades de cobertura contratadas quedarán amparados los daños o la pérdida de las llaves del vehículo, así como aquellos daños derivados de un uso indebido o negligente por parte del arrendatario (por ejemplo roturas de embrague, capota o techos desmontables, cerraduras, etc.). Ninguna de las modalidades de las coberturas cubrirá los daños producidos en el vehículo asegurado como consecuencia de: catástrofes y fenómenos naturales (granizos, ventiscas u otros), terrorismo, tumulto, o motín; actuaciones de los Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado, negligencia por parte del arrendatario, abandono, accidente o paralización del vehículo por causa de delitos o infracciones realizadas con el mismo y cualquier otra actividad establecida en el punto 9. Estos daños y los servicios relacionados serán por cuenta del arrendatario. La cobertura en ningún caso cubre los efectos personales dejados, guardados o transportados en el vehículo.
Ninguna de las modalidades de las coberturas cubrirá un eventual robo del vehículo. En tal caso, el arrendatario se hará responsable de presentar denuncia a la Policía. En caso contrario, el arrendador podrá cobrar el importe del vehículo según su coste real. En caso de robo del vehículo o de daños derivados de un acto vandálico, el arrendador no estará obligado a proporcionar un vehículo de sustitución al arrendatario, sin perjuicio de los derechos y obligaciones establecidos en el presente contrato. En caso de accidente o avería, el horario de asistencia es de 9:00 a 20:00 horas. Fuera del mencionado horario el arrendatario será responsable del vehículo hasta contactar con la empresa. El arrendatario se obliga a notificar de manera inmediata y sin omisión alguna cualquier accidente o avería que afecte al vehículo, comprometiéndose a seguir las instrucciones del arrendador para su gestión y resolución.

9. USO NO AUTORIZADO DEL VEHÍCULO

Será obligación del arrendatario usar el vehículo con la debida diligencia y cuidado, de acuerdo con las características del mismo, respetando la normativa de circulación vigente de vehículos a motor. El arrendatario deberá tomar precauciones en todo momento para evitar cualquier situación que pueda ocasionar daños al vehículo o perjuicios a terceros. Asimismo, en cualquier caso, que se incumpla lo establecido en este punto se entenderá que se ha realizado un uso no autorizado. Es obligación del arrendatario no permitir la conducción del vehículo a ninguna persona distinta a las autorizadas de conformidad con este contrato debiendo abonar el cargo por el uso no autorizado del vehículo, siendo responsable directo el arrendatario de cualquier daño o perjuicio producido en el vehículo o a terceros en tal caso. El arrendatario responderá plenamente de los daños causados en partes interiores y exteriores del vehículo por uso no autorizado del mismo. En caso de uso no autorizado del vehículo, el arrendatario está obligado a pagar todo gasto que se derive por dichos daños, el importe especificado será satisfecho con cargo a la tarjeta de crédito o débito del arrendatario, mostrando el arrendatario su expresa conformidad a todos los efectos. La firma del arrendatario en el contrato se considerará como la aceptación de las condiciones generales y particulares especificadas contractualmente.
El uso no autorizado incluye, y no se limita a, los casos siguientes citados a modo de ejemplo: participación en competiciones, carreras ilegales, conducción sin permiso o licencia de circulación, o sin la autorización del arrendador, cesión del vehículo a un tercero, empujar o remolcar cualquier otro vehículo, circulación en sitios que no son aptos para trasporte público como por ejemplo playas, circuitos de automóviles, etc. circulación en vías que podrían conllevar daños en bajos/cárter del vehículo, actuación negligente ante el encendido de chivatos o señales de advertencia del cuadro del vehículo que el arrendatario manifiesta conocer con la firma de este contrato, el transporte de mercancías o animales en el vehículo, el transporte de mobiliario, el transporte de personas o bienes que directa o indirectamente implique un pago al arrendatario (ejemplo, utilizar el Vehículo como “Taxi” ilegal), el subarriendo del vehículo, el transporte de un número de personas o cantidad de equipaje superior al autorizado para el vehículo, de acuerdo con el número de cinturones de seguridad., transporte de equipaje encima del vehículo (no se autoriza a colocar baca en el vehículo), dejar objetos a la vista en el vehículo, ensuciar el interior del vehículo, conducción del vehículo en un estado de fatiga, enfermedad o bajo la influencia del alcohol, medicamentos o drogas, conducción temeraria, conducción contraria a las normas de tráfico, conducción del vehículo alquilado por una persona no autorizada en el contrato ya sea como arrendatario/s o conductor/es adicional/es, conducción del vehículo fuera de la isla de Ibiza, uso del vehículo después de haber terminado el periodo de alquiler, no llevar asiento de bebé y/o niño si viaja con menores de 12 años de edad o toda persona con una estatura inferior a 135 centímetros.
Se prohíbe fumar en el interior del vehículo. Todos nuestros vehículos son estrictamente de no fumadores. En caso de incumplimiento de esta norma, y si es necesario realizar una limpieza profunda para eliminar los olores a tabaco, se aplicará un cargo adicional en la factura para cubrir los costes de restauración del vehículo a su condición original de no fumador.

10. INFRACCIONES DE TRÁFICO

El arrendatario será responsable de los pagos de las multas generadas durante el período de alquiler del vehículo, debiendo informar al arrendador sobre cualquier infracción y/o sanción impuesta sobre el vehículo o el conductor durante dicho período. El arrendador, en la medida en que la legalidad vigente lo permita, cobrará hasta un importe de 50 euros por los gastos de gestión en que incurra por la tramitación de los requerimientos que las autoridades investigadoras u otros terceros dirijan al arrendador con relación a faltas administrativas, posibles actos delictivos u otros ilícitos que se cometan durante el periodo de alquiler por cada expediente. El pago de las multas y su gestión no está incluido en ninguna de las coberturas que pueden ser contratadas. En caso de que las autoridades retengan el vehículo por un acto u omisión por parte del arrendatario, sea cual fuera la causa, éste será responsable e indemnizará al arrendador de todos los gastos y por el lucro cesante que se hayan podido producir por este motivo. Asimismo, le será cargado en el medio de pago presentado en el momento de formalizar el contrato de arrendamiento un cargo por inmovilización del vehículo por un importe de 250 €, para hacer frente al abono de tasa y/o grúas que permitan al arrendador recuperar la posesión del vehículo. Sin perjuicio de reclamarle otras cantidades si el importe de dichas tasas y/o grúas fuese superior a dicho cargo.
Todos los arrendatarios y/o conductores adicionales responderán solidariamente de todas las obligaciones asumidas por el arrendatario en el contrato y de toda la legislación aplicable al mismo.

11. COMBUSTIBLE

A partir del momento en que se formalice la reserva, y con independencia de la tarifa seleccionada, se aplicará la siguiente condición: el arrendatario estará obligado a devolver el vehículo con el mismo nivel de combustible que conste en el contrato en el momento del Check-Out. En caso de incumplimiento, la empresa arrendadora quedará facultada para cobrar al arrendatario un cargo en concepto de gestión de repostaje, así como el importe correspondiente al volumen de combustible necesario para restablecer el nivel registrado en el contrato. En ningún caso el arrendador estará obligado a reembolsar importe alguno en caso de que el arrendatario devuelva el vehículo con un nivel de combustible superior al recibido al inicio del arrendamiento.
En caso de que el vehículo haya sido repostado incorrectamente, se aplicará un cargo por el llenado completo del depósito, además de un cargo adicional por el daño causado por el combustible erróneo. No se abonará la diferencia en caso de devolver en el Check-In el vehículo con más combustible que en el Check-Out.

12. AUTORIZACIÓN DE CARGOS

El arrendatario otorga su consentimiento expreso para que la empresa arrendadora descuente del depósito o franquicia cualquier cargo adicional que se genere durante la vigencia del contrato de alquiler. En el supuesto de que el saldo del depósito o franquicia resulte insuficiente para cubrir la totalidad de los importes adeudados, el arrendatario estará obligado a abonar la diferencia pendiente.
En caso de no generarse cargos adicionales, el arrendador procederá a la devolución al arrendatario de la franquicia o del depósito correspondiente, utilizando para ello el mismo método de pago empleado para su constitución, salvo imposibilidad técnica o acuerdo en contrario entre las partes.

13. DISCREPANCIAS Y JURISDICCIÓN

Para cualquier controversia derivada del presente contrato, ambas partes acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Ibiza, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

14. ATENCIÓN AL CLIENTE

El horario de atención al cliente, ya sea por vía telefónica, correo electrónico o presencial, será de 9:00 a 20:00 horas. Si desea realizar alguna sugerencia sobre la mejora de nuestros servicios nos ponemos a su disposición en el correo electrónico info@turborentacar.com o vía telefónica al 971 34 33 20.
Todas las cancelaciones deberán realizarse por escrito al correo electrónico anterior indicando en el asunto el número de reserva. En tarifas No Reembolsables no se procederá al reembolso de cantidad alguna excepto por motivos de fuerza mayor (catástrofe natural, guerras, atentados, muerte o enfermedad grave sobrevenida del arrendatario, sus padres, hermanos o hijos) fehacientemente acreditada ya sea vía web, correo electrónico o correo ordinario.

TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

INFORMACIÓN SOBRE LOS FICHEROS Y TRATAMIENTOS: De acuerdo con lo previsto en el Reglamento Europeo 2016/679 (RGDP) , se informa de que los datos personales aquí recogidos serán incorporados a ficheros de la titularidad de A. TURBO RENT A CAR S.L., con domicilio en Av. Cala de Bou 07829 San Jose, Illes Balears, España.

DATOS DE CONTACTO: Los datos personales que se recogen en relación a una consulta o solicitud serán tratados para la tramitación de la misma, así como, en su caso, ponerse en contacto con usted en relación a ésta.

DATOS DE TERCEROS: En el caso de proporcionar datos de carácter personal titularidad de terceros, Usted manifiesta que cuenta con el consentimiento de los afectados para ello, habiéndoles informado previamente del contenido de la presente política de privacidad.

DERECHOS DEL INTERESADO: Los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, limitación, supresión y oposición mediante escrito acompañado de una copia de su DNI y dirigido al domicilio ya indicado o al e-mail: info@turborentacar.com.

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